17. Mito: El Papa en infalible respecto al aborto
Autor: Oscar Fernández Espinoza de los Monteros
17 MITO El Papa es infalible sólo cuando proclama ex cathedra una doctrina en materia de fe o moral, y respecto al aborto nunca se ha pronunciado en esta forma. Además no existe ninguna enseñanza de la Iglesia sobre el momento en el que el feto recibe el alma y se convierte en persona.
REALIDAD. Aceptar que con la fecundación, un nuevo ser humano ha comenzado a existir, no es cuestión de gusto u opinión, es una realidad científica.
Por otra parte, el Papa declaró: “Desde el momento en que el óvulo es fecundado, se inaugura una nueva vida que no es la del padre ni la de la madre, sino la de un nuevo ser humano que se desarrolla por sí mismo.
Jamás llegará a ser humano si no lo ha sido desde entonces (…) Con la fecundación inicia la aventura de una vida humana (...) El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción”.
“Los Obispos, cuando enseñan en comunión con el Romano Pontífice, deben ser respetados por todos como testigos de la verdad divina y católica: los fieles, por su parte, en materia de fe y costumbres, deben aceptar el juicio de su Obispo, dado en nombre de Cristo, y deben adherirse a él con religioso respeto.
Este obsequio religioso de la voluntad y del entendimiento de modo particular ha de ser prestado al magisterio auténtico del Romano Pontífice aun cuando no hable ex cathedra; de tal manera que se reconozca con reverencia su magisterio supremo y con sinceridad se preste adhesión al parecer expresado por él, según su manifiesta mente y voluntad, que se colige principalmente ya sea por la índole de los documentos, ya sea por la forma de decirlo (…)
Por esto se afirma, con razón, que sus definiciones son irreformables por sí mismas y no por el consentimiento de la Iglesia, por haber sido proclamadas bajo la asistencia del Espíritu Santo, prometida a él en la persona de San Pedro, y no necesitar de ninguna aprobación de otros ni admitir tampoco apelación a otro tribunal.
Porque en esos casos, el Romano Pontífice no da una sentencia como persona privada, sino que, en calidad de maestro supremo de la Iglesia Universal, en quien singularmente reside el carisma de la infalibilidad de la Iglesia misma, expone o defiende la doctrina de la fe católica.
La infalibilidad prometida a la Iglesia reside también en el Cuerpo de los Obispos cuando ejerce el supremo magisterio en unión con el sucesor de Pedro”.
La expresión ex cathedra, indica la solemnidad de este tipo de magisterio (el lugar de honor).
Para que una doctrina papal sea definición ex cathedra se precisan cuatro condiciones (Concilio Vaticano I): cuando cumpliendo con su cargo de pastor y doctor de los cristianos, define por su suprema autoridad apostólica que una doctrina sobre la fe y las costumbres debe ser sostenida por la Iglesia universal, por la asistencia divina que le fue prometida en la persona del bienaventurado Pedro.
Así las cosas, tenemos la siguiente declaración del Romano Pontífice: “Por tanto, con la autoridad que Cristo confirió a Pedro y a sus Sucesores, en comunión con todos los Obispos -que en varias ocasiones han condenado el aborto y que (...) han concordado unánimemente sobre esta doctrina-, declaro que el aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberadad de un ser humano inocente.
Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal”.
Un dogma es una verdad presente siempre en la Iglesia y manifestada en un instante determinado de la historia. Ahora bien, el asentimiento debido al Magisterio del Romano Pontífice no se limita a las verdades solemnemente definidas ex cathedra, sino que se extiende a todos los actos de su magisterio ordinario.
Muchos documentos confirman la postura de la Iglesia Católica a favor del ser humano desde la concepción hasta la muerte natural: la Carta Encíclica Casti connubii del Papa Pío XI (31 de diciembre de 1930); las Encíclicas Mater et magistra (15 de mayo de 1961) y Pacem in terris (del 11 de abril de l963) ambas del Papa Juan XXIII; la Carta Encíclica Humanae vitae del Papa Paulo VI (el 25 de julio de 1968); la Constitución Pastoral Gaudium et spes del Concilio Vaticano II (7 de diciembre de 1965); la Exhortación Apostólica Familiaris consortio del Papa Juan Pablo II (22 de noviembre de 1981); la Instrucción conocida como Donum vitae (22 de febrero de 1987); la Carta Encíclica Evangelium vitae (25 de marzo de 1995); la Carta del Papa Juan Pablo II a las Mujeres (29 de junio de 1995).
El Catecismo señala: “dotada de un alma espiritual e inmortal, la persona humana es la única criatura en la tierra a la que Dios ha amado por sí misma. Desde su concepción está destinada a la bienaventuranza eterna”.
Por otra parte, también habrá qué decir que el Papa tampoco ha declarado ex cathedra dogmas sobre la protección ecológica, el respeto a la opinión distinta, la condena a la mentira pública, sencillamente porque no lo ha visto necesario, y que mucho menos llegará a emitirse un dogma a favor del aborto.